¿Qué hacer ante el fin de la moratoria?

El gobierno nacional puso fin a la Ley 27.705 de moratoria previsional que permitía que muchas personas, en especial, mujeres a cargo del cuidado de sus hijxs y el hogar y aquellas que no recibieron aportes en sus trabajos se puedan jubilar. Yolanda Aguilar, abogada previsional, explica las consecuencias de esta medida que desconoce un derecho conquistado y qué posibilidades existen de concretar una alternativa para lograr jubilarse.

Desde la implementación de las moratorias previsionales en 2005, la cobertura jubilatoria en Argentina alcanzó a más del 90% de la población en edad de retiro, permitiendo que millones de personas accedieran a este derecho fundamental, mejorando significativamente su calidad de vida y brindándoles seguridad económica y social en la etapa más vulnerable de su existencia.
Sin embargo, con la finalización del capítulo II de la Ley 27.705, conocida como Plan de Pago de Deuda Previsional, aproximadamente 243 mil personas que alcanzarán la edad jubilatoria durante este año no podrán acceder a una jubilación ordinaria. Este grupo incluye 150 mil mujeres y 93 mil hombres, profundizando aún más las desigualdades estructurales en nuestra sociedad.
Aunque esta decisión afecta a toda la población que no logró completar sus aportes, las mujeres son las más perjudicadas debido a trayectorias laborales marcadas por interrupciones para cuidado familiar, informalidad laboral y brechas salariales que dificultan cumplir con los 30 años requeridos.
Asimismo, la informalidad laboral generalizada, que afecta tanto a mujeres como a hombres, agrava aún más la dificultad para acceder a la jubilación. Por eso, tampoco puede minimizarse el impacto sobre los hombres, quienes en gran número también recurrieron, aunque en menor medida, a la moratoria para alcanzar su jubilación.

¿Qué continúa vigente? Pese a la eliminación del capítulo II, sigue en pie el capítulo III de la misma ley, denominado Plan de Cancelación de Aportes Previsionales para Trabajadores y Trabajadoras en Actividad (UCAP). Esta opción está dirigida a mujeres entre 50 y 59 años y a hombres entre 55 y 64 años, quienes pueden anticiparse a completar los aportes faltantes anteriores al 31 de marzo de 2012 mediante la compra anticipada de unidades de cancelación. Esto requiere planificación previa y recursos económicos inmediatos.

En este contexto crítico, no puedo evitar observar que la decisión del gobierno, caracterizado por políticas restrictivas en materia previsional, de mantener vigente la UCAP responde principalmente a una lógica económica inmediata: recaudar fondos hoy, sin compromisos inmediatos de pago de haberes jubilatorios, trasladando así una carga futura al sistema previsional.

¿Qué otras herramientas quedan disponibles para completar aportes? Además de la UCAP, persisten
escasas alternativas:

  • Moratoria Ley 24.476: vigente solo para períodos hasta septiembre de 1993, cubriendo pocos
    años y con impacto reducido.
  • Reconocimiento por tareas de cuidado: exclusivo para mujeres, permitiendo sumar años por cada
    hijo y mitigando parcialmente desigualdades históricas.
  • Compensación de aportes por exceso de edad, cuando la jubilación se inicia pasada la edad
    mínima requerida.

 

Para quienes no logren completar sus aportes mediante estas alternativas, queda únicamente la
Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM). Esta prestación, accesible recién desde los 65 años,
presenta fuertes limitaciones: equivale al 80% del haber mínimo, no permite pensiones derivadas
(como viudez) y desconoce aportes previos. Además, exige una evaluación socioeconómica para
demostrar “vulnerabilidad”. Esta situación genera angustia e incertidumbre en muchas personas mayores,
quienes ven frustradas sus expectativas de una jubilación digna después de una vida de trabajo.
Claramente, la PUAM como única alternativa implica un aumento de hecho en la edad jubilatoria
efectiva para las mujeres, obligándolas a esperar hasta los 65 años y afectando seriamente su
bienestar emocional y calidad de vida.

Esta situación demanda una reflexión urgente: la planificación es esencial. Quienes aún tienen esta oportunidad deben evaluar seriamente su situación previsional y anticiparse, considerando que las condiciones futuras podrían ser aún más restrictivas. Todo apunta a una inminente reforma previsional, y dado el actual contexto político, no se avizora un panorama alentador en términos de ampliación de derechos jubilatorios.

 Desde mi experiencia de más de 20 años como abogada previsional, enfatizo la necesidad urgente de informarse, asesorarse y actuar de manera previsora, individual y colectivamente. Defender hoy el derecho a una jubilación digna es defender también el futuro de nuestra sociedad y la justicia social.

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